La cláusula de sumisión expresa invocada no puede surtir efecto, de tal manera que el consumidor conserva el fuero electivo que le otorga el art. 18.1º del Reglamento, siendo competentes los Tribunales Españoles (SAP Tenerife 3 julio 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de Tenerife, Sección Cuarta, de 3 de julio de 2019 confirma el Auto recurrido que estimó la declinatoria de jurisdicción por aplicación del pacto de sumisión expresa contenido en el documento llamado «Contrato compra fraccional términos y condiciones», apartado S, que lleva fecha 28 de noviembre de 2012, que se aporta en el original inglés con la demanda, adjuntando una traducción. Este documento es un documento preimpreso que no tiene firma alguna, ni de la entidad vendedora, ni de los compradores demandantes en la litis. El contrato se firma en Tenerife con la sociedad Paradise Trading SLU, que en el encabezamiento del mismo se identifica como «Compañía Vendedora». La demandada, de acuerdo a la documentación aportada con la demanda, es una sociedad constituida en España, inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife -Hoja TF-4118, Tomo 861, Folio 8- y tiene su…

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