Normas editoriales

Los autores deberán atenerse a las siguientes normas editoriales:

Sólo se publicarán trabajos originales e inéditos y en español. Como criterio general, la extensión de los trabajos no deberá exceder de 35 páginas (200 KB) tratándose de artículos; 15 páginas (85 KB) en comentarios jurisprudenciales y legislativos, y 10 páginas (50 KB) en el caso de reseñas bibliográficas.

Cada trabajo deberá ir acompañado con un resumen en español y en inglés de no más de 200 palabras cada uno y de 5 palabras clave en ambos idiomas, así como la traducción del título a ese idioma. Todo material será sometido a evaluación por pares ciegos para su publicación. El resultado del mismo se comunicará dentro de los 15 días siguientes a la fecha de reunión del Consejo Editorial.

Los trabajos deberán ser enviados a la siguiente dirección:

Profesor Dr. Ángel Espiniella Menéndez

Área de Derecho Internacional privado

Departamento de Derecho privado y empresa
Facultad de Derecho, Universidad de Oviedo
Edfcio. de Dptos. Jurídicos 
Avda. de El Cristo s/n 
33006. Oviedo. Asturias (España)
Teléfono: (34) 985 104 8 73
espiniell@uniovi.es; espiniell@gmail.com

Garantizar una evaluación por pares anónima

Para asegurar la integridad de la evaluación por pares anónima para el envío a la revista, se debe intentar que los autores/as y los revisores/as desconozcan sus identidades entre ellos. Esto implica que los autores/as, editores/as y revisores/as (los cuales suben documentos como parte de su revisión) comprueben si los siguientes pasos se han seguido cuidadosamente en cuanto al texto y las propiedades del archivo:

  1. Los autores/as del documento han eliminado sus nombres del texto, con «Autor/a» y el año que se usa en las referencias y en las notas a pie de página, en vez de el nombre de los autores/as, el título del artículo, etc.
  2. En los documentos de Microsoft Office, las identificación del autor/a también debe eliminarse de las propiedades del archivo.

    Para Microsoft 2003 y versiones previas, y versiones de Word de Macintosh:

    • Seleccione en el menú Archivo: Guardar como > Herramientas (o Opciones en Mac) > Seguridad > Eliminar información personal en las propiedades del archivo al guardar > Guardar.

    Para MacIntosh Word 2008 (y futuras versiones)

    1. En el menú Archivo seleccione «Propiedades».
    2. En la pestaña Resumen elimine la información identificativa de todos los campos.
    3. Guarde el Archivo.

    Para Microsoft 2007 (Windows):

    1. Haga clic en el botón de Office en la esquina superior izquierda de la aplicación Office
    2. Seleccione «Preparar» en el menú Opciones.
    3. Seleccione «Propiedades» para el menú Opciones de «Preparar».
    4. Elimine toda la información de los campos de propiedades del documento que aparecen debajo de menú principal de opciones.
    5. Guarde el documento y cierre la sección de campos de propiedades del documento.

    Para Microsoft 2010 (Windows):

    1. En el menú Archivo seleccione «Preparar para compartir».
    2. Haga clic en el icono «Comprobación de problemas».
    3. Haga clic en el icono «Inspeccionar documento».
    4. Desmarque todas las casillas excepto «Propiedades del documento e información personal».
    5. Ejecute el inspector de documento, el cual realizará una búsqueda en las propiedades del documento e indicará si algún campo de propiedades del documento contiene alguna información.
    6. Si el inspector de documento encuentra información se lo notificará y le dará la opción de «Eliminar todo», en la cual tendrá que hacer clic para eliminar todas las propiedades del documento y la información personal.
  3. Para archivos PDF:

    • En los PDFs, los nombres de los autores/as también deben ser eliminados de las propiedades del documento que se encuentran debajo de Archivo en el menú principal de Adobe Acrobat.

NORMAS DE ESTILO PARA EL ANUARIO

   El modelo de citas del Anuario Español de Derecho Internacional Privado no es caprichos o. Es el que se utiliza en Naciones Unidas para los documentos oficiales en lengua francesa o española y es el mismo que se sigue en el  para los estudios en lengua francesa del Recueil des Cours de l’Académie de Droit International de La Haye.

    No sigue el modelo americano, ni el alemán, ni el italiano.

    Se ruega a los autores que consulten algún volumen anterior, o algún estudio contenido en la presente página web, para familiarizarse con el modelo que se sigue.

     Algunas indicaciones pueden ser de utilidad

INDICACIONES GENERALES

1º) No se utilizan en ningún caso textos en MAYÚSCULAS, VERSALES o NEGRITAS (salvo para los títulos de los estudios).

2º) En el texto las cursivas deben reservarse exclusivamente para idiomas extranjeros y clásicos.

3º) Si se quiere enfatizar algo introducir comillas.

ESQUEMA Y SUMARIO

 El índice de los artículos deberá respetar el siguiente esquema

I. Las acciones reivindicatorias contra la mujer casada 

1. Acciones dirigidas las patrimonio

  • A) Eficacia punitiva

De manera el sumario sea como, por ejemplo, el siguiente

     SUMARIO: I. Planteamiento. II. El Derecho procesal europeo ante las situaciones vinculadas a terceros Estados: 1. Crítica a la “asimetría” de las normas europeas: A) Admisibilidad de foros estatales no adecuados. B) Alteración de las normas europeas. 2. ¿Revisión de la “asimetría” a la luz del reconocimiento mutuo?: A) Correlación entre la competencia y el reconocimiento. B) Reflejo de las normas “regionales” en ordenamientos de terceros Estados. III. Los acuerdos con terceros Estados en materia procesal: 1. Crítica a la disparidad de competencias para participar en acuerdos: A) La competencia exclusiva de la Unión y la competencia “independiente” de los Estados. B) La autorización de la Unión a los Estados. 2. ¿Revisión de la disparidad a la luz del reconocimiento mutuo?: A) La competencia conjunta. B) Una competencia acorde con el carácter transversal del reconocimiento mutuo. IV. Conclusiones.

 AUTORES

Los autores se citan con la inicial del nombre y después el apellido y en ningún caso llevan versalitas o mayúsculas

 B. Ubertazzi  no   UBERTAZZI, B. o   Ubertazzi, B.

CITAS

  •  A) Citas de remisión

Para las citas de remisión indicar vid.

Para los textos que se citan de manera literal indicar: cf.

Las páginas deberán citarse de la primera a la última. el empleo de “y siguientes” hace sospechar que la cita no está confrontada pero si se acude a este recurso y indicar únicamente “ss” y no “y siguientes” o términos similares

Si un artículo de revista o un capítulo de un libro ya está citado en su integridad  indicar: loc. cit.

Si el autor está varias veces citado indicar

B. Ubertazzi, “Las acciones contra la mujer casada…”, loc. cit.,

Si un libro se repite indicar op. cit.

Si el autor está varias veces citado indicar

B. Ubertazzi, El arresto del quebrado…, op. cit.,

  •  B) Citas de libros

El orden es autor, libro, lugar de publicación, editorial, fecha y páginas. Se separan con comas y no se introducen puntos o dos puntos

B. Ubertazzi, El arresto del quebrado en el Derecho rumano, Madrid, Tecnos, 2011, pp. 234-267.

  • C) Citas de estudios en revistas o en obras colectivas

 Los artículos de revistas no llevan cursiva, sino que se insertar entre comillas “Las acciones contra la mujer casada en el Derecho internacional privado rumano”

A continuación va el texto de la revista  o de la obra colectiva en cursiva, el volumen, el año (y no al revés) y las páginas

Las Revistas se citan el cursiva. Por favor comprobar el texto del Anuario para uniformizar las citas: las más frecuentes son

 AEDIPr

Journ. dr. int.

Rabels Z.

REDI

Rev. crit. dr. int. pr.

Riv. dir. int.

Riv. dir. int. priv. proc.

etc.

las revistas americanas de citan de conformidad con el modelo que incluyen

ejemplos: sustituir

Calamita N.J., Rethinking Comity: Towards a Coherent Treatment of International Parallel Proceedings, en 27 U. Pa. J. Int’l Econ. L. 2006, pp. 619 y 622.

por

N.J. Calamita, “Rethinking Comity: Towards a Coherent Treatment of International Parallel Proceedings”, U. Pa. J. Int’l Econ.L., vol.27, 2006, pp.619-622.

sustituir

76 AJIL 1982, p. 281    por    Am. J. Int’l L., vol. 76, 1982, p. 281

SANGRADO

 Si se inserta un texto se hará de la siguiente forma

 Al plantear esta sugerencia, la Comisión estuvo indudablemente influenciada por el Informe Hess, Pfeiffer y Schlosser, que señala que el actual art. 23.3º RB I puede extenderse a todos los casos, de modo que en el “caso de un acuerdo exclusivo de elección de foro, los demás tribunales que no hayan sido elegidos por las partes no tendrán competencia hasta que el tribunal designado se declare incompetente”. El art. 23.3º RB I establece que:

  •     “Cuando ninguna de las partes que hubieren celebrado un acuerdo de este tipo estuviera domiciliado en un Estado miembro, los tribunales de los demás Estados miembros sólo podrán conocer del litigio cuando el tribunal o los tribunales designados hubieren declinado su competencia”.

 El art. 23.3º muestra gran respeto por la autonomía de las partes que no están domiciliadas en un Estado miembro y eligen un tribunal de la UE para resolver….

TÍTULO DEL ARTÍCULO

  El título del articulo deberá figurar en español con la correspondiente traducción al inglés.

RESUMEN Y PALABRAS CLAVE

 El resumen el inglés y en español comprende unos 1000 caracteres cada uno

ejemplo

          RESUMEN: El presente artículo se ocupa de la necesidad de reformar el Reglamento Bruselas I en lo relativo a la extensión de sus foros de competencia a las demandas planteadas frente a demandados no domiciliados en un Estado miembro. Tras analizar las razones históricas del tratamiento diferenciado entre “litigios comunitarios” y “litigios no comunitarios”, la autora examina la propuesta de reforma contenida en el Libro Verde de la Comisión y los argumentos alegados por ésta para proceder a tal extensión. Abogando por la desaparición de las discriminaciones en el marco del Reglamento, se propone crear un régimen único de competencia judicial internacional que no diferencie en función de si el demandado está o no domiciliado en un Estado miembro. Para ello, se defiende la opción de extender los foros de competencia especial actualmente existentes, eliminando con ello la posibilidad de acudir residualmente a los foros de competencia internos de los Estados miembros, incluyendo los foros considerados exorbitantes. Se analiza también la necesidad de crear foros de competencia de cierre, como un posible forum necessitatis, así como la conveniencia de regular otras cuestiones, tales como la posibilidad de que en determinados supuestos los tribunales de los Estados miembros puedan declinar su competencia en favor de los tribunales de terceros Estados.

      PALABRAS CLAVE: reforma del reglamento bruselas i – competencia judicial internacional – demandado domiciliado en un tercer estado – competencias residuales – forum necessitatis.

          ABSTRACT: This article deals with the need of amending the Brussels I Regulation as regards the extension of its jurisdiction rules to claims against defendants not domiciled in a Member State. After analyzing the historical reasons for the different jurisdictional regime between “Community disputes” and “non-Community disputes”, the author examines the proposals contained in the Commission’s Green Paper and the arguments advanced therein in favour of such an extension. Considering that all discriminations should disappear from the Regulation, the author suggests that a single set of jurisdictional rules should be created, irrespective of whether or not the defendant is domiciled in a Member State. To that end, the current rules of special jurisdiction should be extended to all claims, thus doing away with the possibility of residually applying national jurisdiction rules, including the grounds which are regarded as exorbitant. The author also considers the need to introduce additional grounds of jurisdiction, for instance a forum necessitatis, as well as the opportunity of regulating further questions, such as the possibility of allowing in some cases that the courts of a Member State decline their jurisdiction in favour of the courts of a third State.

       KEYWORDS: review of the brussels i regulation – international jurisdiction – defendant domiciled in a third state – residual jurisdiction – forum necessitatis.

4 comentarios en “Normas editoriales

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