Competencia de los tribunales españoles en un procedimiento de divorcio porque el demandante es español y tiene su residencia habitual en España seis meses antes de la interposición de la demanda (AAP Coruña 7 junio 2019)

Avatar de AdministradorBlog José Carlos Fernández Rozas

descarga (76)

El Auto de la Audiencia Provincial de A Coruña, Sección Sexta, de 7 de junio de 2019estima un recurso de apelación interpuesto contra un auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Ribeira, y se declara competente a dicho Juzgado para conocer de la demanda de divorcio interpuesta por el recurrente. la Audiencia realiza las siguientes consideraciones: «El art. 36 LEC establece en su número segundo que: ‘la extensión y límites de la jurisdicción de los tribunales civiles españoles se determinará por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los tratados y convenios internacionales en los que España sea parte’. Por su parte, el art. 22 quáter c) LOPJ establece que «En defecto de los criterios anteriores:… c) ‘…’ . Por tanto, dicho precepto establece una serie de fueros alternativos que permiten la atribución de la competencia internacional a los tribunales españoles y…

Ver la entrada original 183 palabras más

Esta entrada fue publicada en Uncategorized el por .
Avatar de Desconocido

Acerca de Administrador

Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

Deja un comentario