El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Córdoba, Sección Primera, de 14 de marzo de 2019, estima un recurso de apelación, contra un Auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia que declaró la falta de competencia territorial en una asunto en el que se interesaba no sólo la declaración de ilicitud del traslado sino también la restitución de la menor Carina trasladada por su madre Rumanía. De acuerdo con la Audiencia: «es cierto que esgrimiéndose que la menor no se encuentra en España sino que fue trasladada por su madre a Rumanía, de ningún modo sería competente para conocer de la solicitud de restitución de la menor el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba Capital con competencia en Derecho de familia, tal como indica el auto apelado, puesto que, de conformidad con el artículo 778 Quater de la LEC , el proceso de sustracción internacional de menores se aplica…
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