Al tener los cónyuges litigantes marroquíes su residencia habitual en España el divorcio de los mismos está sujeto a la ley española (SAP Girona 18 junio 2019)

Avatar de AdministradorBlog José Carlos Fernández Rozas

180416094052056_maries_many

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Girona, Sección Segunda, de 18 de junio de 2019 desestima un recurso de apelación interpuesto  contra una sentencia  recaída en  autos de divorcio contencioso derivado de matrimonio contraído en Nador (Marruecos). Ante la posición del recurrente, basado en que la ley aplicable con arreglo a lo dispuesto en el art 107.2º Cc y 9.2º Cc era la marroquí en tanto que ley común de los litigantes. La Audiencia fundamenta su fallo en el siguiente razonamiento: » consta que los dos cónyuges tienen la residencia habitual en Cataluña desde hace años, y que también residen nacieron y viven aquí los hijos donde residen ininterrumpidamente como se ha señalado. La actora en su demanda solicitó la aplicación de lo dispuesto en el art 85 ss Cc . La sentencia de la instancia estima de aplicación al caso la legislación española, y declara el divorcio con arreglo…

Ver la entrada original 275 palabras más

Esta entrada fue publicada en Uncategorized el por .
Avatar de Desconocido

Acerca de Administrador

Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

Deja un comentario