El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimosegunda, de 26 de febrero de 2019confirma la disolución por divorcio del matrimonio celebrado entre los esposos en Tanger, Marruecos, el día 27 de noviembre de 1999 con una serie de efectos específicos. La Audiencia considera que: «En primer lugar y respecto a la invocación de cosa juzgada realizada por el apelante Sr. Emiliano hemos de señalar lo siguiente: 1.- que constatamos que es en el recurso de apelación cuando el Sr. Emiliano pone en conocimiento de la Sala que tras haberse dictado la sentencia de divorcio aquí apelada ha recibido la sentencia del Tribunal de familia de Tetuán de 18/5/17 que aportó en idioma árabe y finalmente en español. 2.- Que la parte contraria Sra. Delia en el traslado del hecho nuevo alega que el documento aportado carece de validez en España al no cumplir con los requisitos legales…
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