El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Quinta, de 31 de enero de 2019, estima el recurso de apelación interpuesto por L.S.D., S.A. contra el auto dictado con fecha 20 de noviembre de 2017 en un procedimiento de juicio monitorio tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia declarando la competencia de dicho Juzgado para el conocimiento del asunto. De acuerdo con la Audiencia, «en el primer motivo del recurso se denuncia falta de motivación en la resolución judicial que no puede admitirse ya que la dictada en primera instancia cumple con todas las prevenciones del art. 209.3ª LEC, razonando y decidiendo sobre todas las pretensiones de las partes, no pudiéndose confundir el requisito con la no acomodación de las conclusiones judiciales a los deseos de la parte. En este sentido puede decirse que la resolución impugnada cumple con la doctrina que establece que no existe norma alguna en…
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