El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo, Sección Sexta, de 22 de marzo de 2019 realiza las siguientes consideraciones acerca del valor en juicio de documentos otorgados en el extranjero: «la contestación tampoco pone en cuestión la legalidad del procedimiento seguido en el país de origen para la inscripción en el Registro Mercantil de los acuerdos de transformación, absorción o fusión de empresas, sino la eficacia de los documentos aportados a los autos para justificarlo, de manera que la controversia se ceñirá a este particular prescindiendo de que cualquier reflexión sobre la regularidad de un negocio desarrollado en otro país y con arreglo a su legislación interna. Centrado así el objeto del debate es obvio que los documentos uno y dos de la demanda han sido otorgados en el extranjero y con arreglo al art. 323 la LEC serán considerados, a efectos procesales, como documentos públicos cuando con arreglo…
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