Aplicación de la regla de competencia internacional establecida en el artículo 7, punto 1, letra a), del Reglamento Bruselas I a una acción pauliana (STJ 4 octubre 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Tribunal de Justicia , Sala Segunda, de 4 de octubre de 2018 (Asunto C-337/17:Feniks) considera que la acción pauliana tiene su fundamento en el derecho de crédito, derecho personal del acreedor frente a su deudor, y tiene por objeto proteger la garantía que el patrimonio del segundo puede suponer para el primero. Esta acción protege así los intereses del acreedor, con vistas, en particular, a una posterior ejecución forzosa de las obligaciones del deudor. Mediante esta acción, el acreedor pretende que se declare que la transmisión por el deudor de activos patrimoniales a un tercero se ha producido en fraude de los derechos del acreedor nacidos de la fuerza obligatoria del contrato y que corresponden a las obligaciones libremente contraídas por su deudor. La causa de esta acción radica así, fundamentalmente, en el incumplimiento de las obligaciones que el deudor ha asumido frente al acreedor. De…

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