El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona Sección Decimoquinta, de 25 de julio de 2018 desestima un recurso de apelación contra un auto que despachó una ejecución con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento CE 44/2001, de 22 de diciembre de 2000, cuando debió hacerlo con fundamento en el Reglamento 861/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, que regula el proceso europeo de escasa cuantía. La cuestión de la norma aplicable resulta trascendente, dado que los motivos de oposición y los medios de impugnación varían sustancialmente en uno y otro caso. Según la Audiencia «En el proceso monitorio de escasa cuantía sólo cabe revisar la autenticidad del título ( art. 21 del Reglamento, en relación con el art. 523 de la LEC ) y denegar la ejecución, a instancias del ejecutado, si existe una sentencia anterior sobre el mismo objeto ( art. 22)…
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