Responsabilidad del transportista de los daños debidos a su falta de diligencia, para limpiar o poner en buen estado las bodegas, cámaras frías o frigoríficas y todos los otros lugares del buque donde se cargan las mercancías

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoquinta, de 5 de junio de 2018 desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de T., S.A. El caso se originó con una demanda interpuesta por  CHUB, que habia suscrito una póliza de seguro de transporte de mercancías con GC, subrogándose en la posición del asegurado, conforme prevé el art. 43 de la Ley de Contrato de Seguro ,  por los daños ocasionados a diversas partidas de fruta y verdura durante su transporte desde diversos puntos de España hasta Emiratos Árabes Unidos. La demanda la dirige contra T., S.A., en su condición de transitaria, empresa encargada de organizar los distintos transportes. La actora reseña ocho expediciones en las que la mercancía llegó dañada a su destino debido a una inadecuada temperatura de la carga durante el transporte. En virtud de la póliza de seguros, que cubre los riesgos…

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