El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, Sala de lo Social, Sección Primera, de 19 de marzo de 2018, estima el recurso de suplicación interpuesto contra la una sentencia dictada por un juzgado de lo social en la que se declaró la falta de jurisdicción de los tribunales españoles para conocer de la demanda interpuesta. Se acuerdo con el TSJ la norma aplicable para resolver sobre la competencia de los tribunales españoles para conocer de la acción de despido ejercitada por la parte demandante es el Reglamento (UE) 1215/2012 y en concreto sus arts. 8, 20.1º y 66. Con respaldo en dichos preceptos «parece evidente que si se dirige una demanda de despido contra una sociedad domiciliada en España, dirigiéndose la demanda contra otras sociedades respecto de las cuales se alega la existencia de responsabilidad solidaria por pertenecer todas a un mismo grupo y por haberse hecho un uso…
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