El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La el Auto de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Quinta, de 6 de noviembre de 2017, confirma la decisión del Juzgado de Primera Instancia que estimó la declinatoria de competencia internacional planteada por el Club La Costa Vacation Club Limited y Club La Costa (UK) PLC declarando la falta de jurisdicción de los tribunales españoles. De acuerdo con esta decisión «la competencia judicial internacional de los Tribunales españoles en materia de obligaciones contractuales, viene establecida por el Reglamento (UE) 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Reglamento de Bruselas I Bis)». Tomando como referente dicho instrumento y la jurisprudencia anterior de la Sala, la Audiencia afirma que «puesto que, según la condición general transcrita, precisamente se pacta que la competencia de los tribunales ingleses no es exclusiva…
Ver la entrada original 173 palabras más