El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Tenerife, Sección Primera de 19 de enero de 2018 confirma la sentencia de instancia, si bien con consideraciones distintas, que desestimó la demanda interpuesta por un nacional esopañol contra una nacional checa y residente en Chequia, en la que reclamaba la declaración de paternidad con respecto al menor Ezequiel , nacido 2014 en la República Checa, donde también reside. El fallo desestimatorio del Juzgado se fundó en la falta de prueba del Derecho checo (art. 281 LEC ), que, según el criterio de la juez a quo, sería el aplicable de conformidad con lo dispuesto en el art. 9.4º Cc . La Audiencia, tras fundamentar la competencia de los tribunales españoles para resolver el supuesto considera que «la normativa aplicable es el Reglamento (CE) n° 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, relativo a la notificación y…
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