Acreditación suficiente del plazo de prescripción de acuerdo con el Derecho checo (SAP Madrid 15 febrero 2019)

Avatar de AdministradorBlog José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimotercera, de 15 de febrero de 2019 considera que: «como séptimo motivo de recurso se alude a la indefensión de la parte al no determinarse en base a qué se había recogido que el plazo de prescripción era de cuatro años. Pues bien, la sentencia reflejó que se había discutido por las partes cuál era el plazo aplicable alcanzando la conclusión de que, conforme al art. 281 LEC, la ley aplicable y vigente en la República Checa fijaba el plazo en cuatro años. Esa conclusión estaba avalada por la escritura notarial aportada por la parte demandante (…) otorgada el 30 de marzo de 2017 y en la que se indicaba que el artículo 3028 del Código Civil vigente en ese país, en relación con los artículos 3036 y 3037, en vigor desde el 1 de enero de 2014, determinaban que el…

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Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

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