El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de A Coruña, Sección Cuarta, de 19 de julio de 2019 estimar un recurso de apelación contra un del Juzgado declara que dicho Juzgado es territorialmente competente para el conocimiento de la demanda de execuátur de una sentencia de divorcio dictada en Venezuela. De acuerdo con la presente decisión: «Por la representación procesal de los demandantes de solicitud de execuátur de sentencia de divorcio dictada en Venezuela se recurre en apelación el auto, dictado por el Juzgado de 1ª Instancia número 3 de esta ciudad, con fecha 29 de marzo de 2019, que acuerda archivar dicha solicitud en la consideración de que faltan los requisitos de viabilidad de la misma, atendiendo en tal sentido a que ninguna de las partes vive en territorio español, y que se desconoce si van a vivir en España, y en qué ciudad; y, ello, recogiéndose en la fundamentación jurídica…
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