El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimonovena, de 10 de julio de 2019 desestima un recurso de apelación contra un auto del juzgado que estimó una demanda en solicitud de condena respecto de los gastos realizados con motivo del expediente de adopción internacional y a realizar la liquidación de los 16.903,92 euros percibidos por la demandada, con detracción de esos gastos y abono del saldo resultante que no encuentre debidamente justificado. Cantidad que, en el acto del juicio, con base en los documentos aportados por la demandada, la actora cifró en de 6.659 euros. De acuerdo con la Audiencia, «el art. 6 de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional atribuye a las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional las funciones de información y asesoramiento a los interesados en materia de adopción internacional, intervención en la tramitación de expedientes de adopción ante las autoridades competentes, tanto…
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