El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Sexta, de 17 de junio de 2019 desestima un recurso de apelación contra el auto del juzgado que denegó el reconocimiento de una sentencia de divorcio marroquí, con el siguiente razonamiento: «se solicitó el reconocimiento de una sentencia de divorcio dictada por un tribunal marroquí, promovido por la esposa afectada por ella, a lo que se opuso el Ministerio Fiscal y frente a la que no se formuló alegación alguna por parte del cónyuge de aquélla. Según se ha expuesto también en los antecedentes cuarto y quinto, ello se denegó en el auto hoy recurrido en apelación por su promotora tras la tramitación de un procedimiento de execuátur, tal como imponían los arts. 41 y 42 de la ley de cooperación jurídica internacional en materia civil y el artículo 25 del Convenio de Cooperación Judicial en Materia Civil , Mercantil y Administrativa…
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