Competencia de los tribunales españoles en materia de obligaciones contractuales, cuando al determinarse que la «obligación principal» objeto de la demanda debe cumplirse en España (AAP Barcelona 23 mayo 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimosexta, de 23 de mayo de 2019 estima un recurso de apelación contra un Auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia desestimando la declinatoria internacional formulada por la parte demandada, y determinado la competencia la de los tribunales de Barcelona. De acuerdo con la Audiencia: «La extensión y los límites de la competencia de los Tribunales civiles españoles viene determinada por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los Tratados y Convenios internacionales en los que España sea parte ( art. 36 LEC ). Entre España y Singapore no hay Convenio Internacional, tampoco hay contrato entre las partes o pacto de sumisión expresa. El art. 22 LOPJ establece distintos fueros a fin de determinar la competencia de los Tribunales españoles a falta de convenio internacional entre los distintos países. La normativa internacional que regula la materia reside…

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