El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 24 de mayo de 2019 (BOE 24.6.2019) acordó desestimar el recurso interpuesto y confirmar la calificación registral que decidió denegar la práctica de inscripción de una escritura de donación con pacto de definición. En la escritura se hacía constar que la donante tenía nacionalidad francesa y era residente en las Islas Baleares, que los donatarios eran dos hijos, asimismo franceses y residentes en Baleares, que según lo dicho en la escritura tenían, «vecindad civil mallorquina». Además la donante declaró que «no ha otorgado professio iuris en favor de su ley nacional».
La registradora estimó que no era posible la inscripción, en cuanto normativa reservada por ley y por sus antecedentes históricos a ciudadanos con vecindad civil balear (mallorquina), mientras que el notario consideró que sí era posible, en aplicación del art. 36.2º del Reglamento (UE) n.º 650/2012…
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