El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección Tercera, de 29 de abril de 2019 confirma la sentencia de primera instancia desestima íntegramente esta demanda en base al art. 226 RRC que excluye la inscripción del matrimonio en el Registro Civil por dudas de la realidad del hecho y de su legalidad conforme a la Ley española. Con lo que viene a confirmar el acuerdo del Registro Civil Central y su confirmación por resolución de la Dirección General de los Registros que aprecian simulación en su celebración por indicios razonables de matrimonio de conveniencia. La Juez a quo analiza todas las pruebas aportadas en este procedimiento y con aplicación de los criterios establecidos por la Instrucción de 31 de enero de 2006 de la DGRN sobre los matrimonios de complacencia concluye que el litigioso es nulo por simulación. Las pruebas aportadas son puntualmente ponderadas en el fundamento tercero de…
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