El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava, de 7 de mayo de 2019, desestima los recursos de apelación interpuestos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en autos de divorcio. La Audiencia razona del siguiente modo: «Es objeto de contienda la ley aplicable a la pensión compensatoria, pero no se ha cuestionado la ley aplicable al divorcio y al uso del domicilio. Estas dos últimas medidas han sido resueltas conforme a la legislación española. No se recurre ninguno de estos dos pronunciamientos pero la Sala entiende que debe determinarse cual es la ley aplicable al tratarse de una cuestión de orden público no disponible por las partes, sin trascendencia en el resultado que ha sido aceptado por ambas partes. Ambos cónyuges son de nacionalidad española, casados en (…) en diciembre de 1988 donde nacieron sus hijos. En 1996 por razones laborales del esposo se…
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