El Blog de José Carlos Fernández Rozas
LaSentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigésimoctava, de 5 de abril de 2019, entiende una reclamación de un mercantil de nacionalidad japonesa «TOEI ANIMATION Co. LTD» (en adelante, TOEI), como productora y titular de los derechos de explotación de la obra audiovisual seriada de animación titulada «KYANDI KYANDY» (en castellano «CANDY CANDY»), compuesta de 115 capítulos, formuló demanda contra las entidades «LAYONS MULTIMEDIA, S.L.» y «KARMA FILMS, S.L.», al comercializar en España sin su autorización dicha obra audiovisual en formato DVD. Entre otras consideraciones la Audiencia afirma que: «ni la sentencia apelada ni los apelados cuestionan que la actora pueda tener protección en España como productora de una obra audiovisual, por lo que resulta de aplicación la ley española en tanto que lex loci protectionis de conformidad con el artículo 8 Reglamento (CE) nº 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de julio de 2007…
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