El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección Primera, de 13 de marzo de 2019, estimado un recurso de casación formulado por la Dirección General de los Registros y del Notariado. Los hechos son los siguientes: El 1 de octubre de 2014, el notario Gines autorizó una escritura pública de compraventa por la que CA S’Angel SL vendía a Raimunda y Reyes una vivienda sita en el puerto de Soller. En la escritura se hacía constar que los compradores eran residentes en Dinamarca y que actuaban representados por el asesor fiscal Ambrosio, a quien se había otorgado el correspondiente poder, que el notario apreció suficiente. El precio de la compraventa era 425.000 euros. La escritura reflejaba los diferentes pagos realizados y dejaba constancia, además, de que la cuenta bancaria de origen era la de los compradores. El registrador de la Propiedad emitió una calificación negativa a la…
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