El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Lugo, Sección Primera, de 9 de enero de 2019 revoca el auto apelado y, en su lugar, se acuerda la competencia judicial internacional para el conocimiento del asunto a favor del juzgado de lo mercantil de Lugo. Para ello considera que «(e)jercitada una acción follow on de defensa de la competencia tras la Decisión de la Comisión de 19 de julio de 2016 relativa a un procedimiento del artículo 101 TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto A.T. 39824), contra la demandada IVECO SpA (una de las sociedades destinatarias de la Decisión), el auto del juzgado de lo mercantil acordó abstenerse del conocimiento de la demanda entablada por D. Jose Antonio por carecer de competencia internacional en atención al art. 9.6º LOPJ. Contra el referido auto de 17 de septiembre de 2018 se interpuso recurso de apelación por el demandante por…
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