La residencia habitual del niño era en España, y si el traslado del menor es ilícito no puede derivarse un cambio competencial (SAP A Coruña 24 enero 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, Sección Cuarta, de 24 de enero de 2019 realiza un extenso razonamiento jurídico del que cabe extraer las siguientes consideraciones: «El menor nació en a Coruña, el día (…) de 2013, y vivió siempre en España. La madre se trasladó con el niño al extranjero sin que conste que el padre diera su consentimiento al respecto, se aporta a tales efectos una grabación de audio realizada por la Sra. Rosalia de una fuerte discusión de los litigantes, cuando aún convivían juntos, y no se deduce de la misma que el padre diese su consentimiento claro y firme de que el niño se fuese con la madre a Alemania. Después de la ruptura de la relación de pareja que mantenían los litigantes, en febrero de 2016 la madre se fue con el niño a un domicilio en A Coruña, a pesar de…

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