Competencia de los tribunales españoles para un proceso de divorcio de dos nacionales rusos en aplicación del Reglamento Bruselas II (AAP Barcelona 5 septiembre 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava, de 5 de septiembre de 2018 estima un recurso de apelación, confirma la competencia de los tribunales españoles y ordena que siga el proceso por sus cauces. Al efecto realiza las siguientes consideraciones: «La resolución recurrida aplica el art. 22 LOPJ sin tener en cuenta que el art 21.1 establece que «[l]os Tribunales civiles españoles conocerán de las pretensiones que se susciten en territorio español con arreglo a lo establecido en los tratados y convenios internacionales en los que España sea parte, en las normas de la Unión Europea y en las leyes españolas.» Es aplicable el art. 3 del Reglamento (CE ) nº 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental y su art. 3.1º.a) dice que son competentes…

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