El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo, Sección Cuarta, de 27 de septiembre de 2018, estima el recurso interpuesto por D. Segismundo frente a la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia, declara la validez del matrimonio celebrado en La Habana el 4 de febrero de 2009 entre el citado D. Segismundo y Doña Antonieta y acuerda su inscripción en el Registro Civil Central. Según la Audiencia: «La aplicación de la doctrina anterior al caso aquí analizado conduce a conclusión distinta de la alcanzada por la juzgadora de instancia. Es cierto que concurren datos singulares, no habituales en la celebración de un matrimonio, a los que se añade la desgraciada circunstancia del fallecimiento inmediato tras el enlace del cónyuge español que se había desplazado a La Habana para contraer matrimonio. Pero no se dan en este supuesto ninguno de los datos o indicios a los que antes se…
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