No concurre causa de denegación de la ejecución de una resolución extranjera, que fue correctamente despachada, sin constar que hubiese sido dictada en rebeldía (AAP Barcelona 23 julio 2018)

Avatar de AdministradorBlog José Carlos Fernández Rozas

juzgado-sant-feliu-llobregat

El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoquinta, de 23 de julio de 2018, confirma en su integridad la decisión del juzgado que admitió la ejecución de dos resoluciones judiciales dictadas por el Juzgado de Primera Instancia de Múnich. La parte ejecutada alegó que no se le entregó personalmente cédula de citación en los procedimientos judiciales seguidos en Múnich. Como consecuencia de tal situación, la parte considera aplicable el régimen del art. 45.1º. b) del Reglamento 1215/2012 que permite denegar el reconocimiento de una resolución judicial cuando la resolución se haya dictado en rebeldía, si no se entregó al demandado cédula de emplazamiento o documento equivalente de forma tal y con tiempo suficiente para que pudiera defenderse, a menos que no haya recurrido contra dicha resolución cuando pudo hacerlo. Sin embargo, la Audiencia considera que el ejecutado «no quedó en situación de rebeldía en el procedimiento judicial seguido…

Ver la entrada original 221 palabras más

Esta entrada fue publicada en Uncategorized el por .
Avatar de Desconocido

Acerca de Administrador

Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

Deja un comentario