Se deja sin efecto la resolución denegatoria de la Encargada del Registro Consular de Santo Domingo y se declara la existencia de un consentimiento matrimonial verdadero y válido (SAP Córdoba 7 mayo 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

Como-viajar-a-España-desde-Republica-Dominicana

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, Sección Primera, de 7 de mayo de 2018,  deja sin efecto un Resolución de la Dirección general de los Registros y del Notariado declara la validez del matrimonio contraído entre D. Bernabe (español) y Dª. Mariola (dominicana) el 15 de enero de 2014 con arreglo a la ley dominicana, cuya inscripción fue rechazada por la Cónsul Adjunta de España en Santo Domingo y Encargada del Registro Civil Consular. Entre otras cosas, la Audiencia afirma que: «se ha acreditado las diversas peticiones efectuadas por el Sr. Bernabe a las autoridades del Estado Español (Defensor del Pueblo) y Eclesiásticas (para intentar contraer matrimonio
canónico por poderes), lo que nos lleva a considerar que no nos encontramos ante un matrimonio de complacencia sino que, por lo que se refiere al Sr. Bernabe (recordemos que el único respecto al que tenemos que examinar su consentimiento matrimonial)…

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