No existe en el ámbito de la aplicación del Reglamento (CE) nº 44/2001, la llamada fase de exequátur o de reconocimiento previo

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Files are seen in Sintra courthouse in Sintra, Portugal

El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoquinta, de 26 de julio de 2018, desestima un recurso de apelación contra un auto del Juzgado que declaró la ejecución de una sentencia portuguesa que trae causa de una demanda de procedimiento monitorio admitida a trámite en el Juzgado de Maia (Portugal). De acuerdo con el presente Auto: «La cuestión controvertida por la recurrente es la infracción del citado Reglamento (Bruselas I) y del art. 517.1º LEC , por haberse acordado por el juzgado a quo la ejecución de la sentencia extranjera prescindiendo del trámite de exequátur que dispone el art. 38.1º del citado texto legal. Aduce la recurrente que debe diferenciarse entre el «reconocimiento» de la sentencia extranjera, cuyo trámite está previsto en los arts. 33 a 37 del citado Reglamento, sobre el que no formula ninguna objeción u oposición, y el trámite de «ejecución» o exequátur establecido en…

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Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

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