Deficiente acreditación del Derecho andorrano en materia de contratos bancarios (SAP Madrid 4 mayo 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimosegunda, de 4 de mayo de 2018, desestima un recurso de apelación en un asunto relativo a una oferta vinculante suscrita por Consultora de Riesgos Financieros y por Banca Privada Andorra,
en la cual se reflejó un compromiso adicional asumido por Banca Privada Andorra por virtud del cual se obligaba a mantener durante 5 años el nivel de facturación resultante de tres contratos, dos de prestación de servicios y el relativo al servicio de valoración y determinación de la sensibilidad de la cartera de bonos estructurados. El recurrente alegó, entre otras cosas, que se produjo error jurídico al desconocer que Vall Banc era cesionaria del compromiso contractual contraído por BPA por imperativo legal. Señala que la norma andorrana Ley 8/2015 no es Derecho extranjero, sino aplicación de la Directiva 2014/59, por lo que es lo mismo Derecho que el español. De…

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