La inadmisión a trámite de una demanda de exequátur de una sentencia extranjera ha de realizarse con carácter restrictivo al incidir directamente en la tutela judicial efectiva

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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El Auto de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Segunda, de 28 de marzo de 2018   admite a trámite la demanda de reconocimiento de sentencia extranjera, afirmando que: «tras el examen y valoración de lo actuado en la primera instancia así como de lo alegado en el escrito de interposición del recurso no puede la Sala confirmar el criterio del Auto apelado estimando que concurren los requisitos establecidos en los arts. 41 ss Ley 29/2015, de 30 de julio , de cooperación jurídica internacional en materia civil que dedica su Titulo V al reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y documentos públicos extranjeros, del procedimiento de exequátur y de la inscripción en Registros públicos, que establece en art. 44 que se reconocerán en España las resoluciones extranjeras que cumplan con lo requisitos previstos en las disposiciones de este Título; debiendo tenerse en consideración que la inadmisión a trámite de…

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