El Blog de José Carlos Fernández Rozas
Siguiendo una desafortunada técnica legislativa, propia de los últimos Gabinetes presididos por el Presidente Aznar en la VII Legislatura, Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas (BOE 12.6.2018) para introducir una disposición de gran relevancia que nada tiene que ver con su título. En concreto, su Disposición final primera, modifica la disposición final décima de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que pasará a tener la siguiente redacción:
«La presente ley entrará en vigor el 30 de junio de 2020, excepto las disposiciones adicionales séptima y octava y las disposiciones finales tercera y sexta, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, y excepto los artículos 49.2 y 53 del mismo texto legal, que entrarán en vigor…
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