Una española de origen marroquí puede casarse en Marruecos según la ley local, precisando en todo caso un certificado de capacidad matrimonial expedido por el Registro Civil español

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

Resultado de imagen de mariage au maroc

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Novena,  de 25 de enero de 2018, desestima un recurso de apelación contra un acto del Juzgado que confirmó una resolución de la DGRN que desestimó tanto la pretensión principal de reconocimiento del derecho de la actora a contraer matrimonio con un nacional marroquí, como la petición subsidiaria en solicitud de que se inscriba el matrimonio ya celebrado en el extranjero. De acuerdo con la Audiencia: «1º. La pretensión principal debía desestimarse porque es un hecho no discutido que la interesada ya contrajo matrimonio, por el rito islámico, con D. Carlos Manuel el 27 de agosto de 2013. Matrimonio válido bajo el citado rito, que implica la concurrencia del impedimento de ligamen. Por tanto, no se puede reconocer a la apelante el derecho a contraer nuevo matrimonio mientras dicho ligamen se mantenga, y respecto a quien no ha sido parte…

Ver la entrada original 329 palabras más

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s