Se presume a la compradora, domiciliada en la República Popular China, el conocimiento de la normativa sobre importación de productos alimentarios del país de su nacionalidad (SAP 31 octubre 2019)

Avatar de AdministradorBlog José Carlos Fernández Rozas

1544376747_234534_1544386799_noticia_normal

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Granada, Sección Quinta, de 31 de octubre de 2019 confirma la resolución del Juzgado que desestimo la demanda interpuesta por una entidad china contra una sociedad española relación con una reclamación de cantidad, referida  un contrato de compraventa internacional de mercancías. De acuerdo con la Audiencia:

«(…) nos encontramos con un pedido de mercancía de la fabricada por la demandada, que se incluye entre los productos designados como objeto del contrato de distribución, cuya conformidad con la normativa sanitaria de la CE resulta, en primer lugar, de la expedición del Certificado de Control de Calidad Comercial «SOIVORE» «Conforme», según refleja el aportado como doc. nº 7 de la contestación a la demanda; en segundo lugar, del Certificado para la Exportación de Productos Alimenticios, aportado como doc. nº 6 del mismo escrito de contestación; en tercer lugar, del oficio remitido por la Consejería de…

Ver la entrada original 704 palabras más

Esta entrada fue publicada en Uncategorized el por .
Avatar de Desconocido

Acerca de Administrador

Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

Deja un comentario