El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Cuarta, de 28 de junio de 2019 confirma una sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Fuengirola en lo que concierne al pronunciamiento por el que se declaran nulos unos contratos firmados por los litigantes con, entre otras, las siguientes consideraciones legales:
Sólo insistiremos, teniendo en cuenta la trascendencia de esta circunstancia también para resolver la cuestión de fondo del recurso de apelación, en que consideramos en dicha resolución que la apelante demandada es la contratante en los contratos litigiosos -no «Diamond Resorts Europe Ltd. (sucursal en España)-, y que tiene domicilio en España y está constituida conforme al Derecho mercantil español e inscrita en nuestro país; que, teniendo los demandantes la condición de consumidores, como reconoce la apelante, conforme al art. 18.1 del Reglamento UE 1215/2012, pueden optar aquéllos por demandar a la entidad domiciliada en España ante…
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