El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Valencia, Sección Novena, de 11 de octubre de 2019 confirma la decisión del juzgado que estimó una declinatoria internacional por haberse sometido el asunto al Alto Tribunal de Justicia de Londres. De acuerdo con la Audiencia: «La demandante y recurrente es parte en los conocimientos de embarque, documentos de transporte marítimo que no invoca en su demanda, pero que son los títulos de los que, en cuanto consta como cargadora, debemos partir, dado que se están reclamando daños y perjuicios por pérdidas vinculadas a transporte marítimo bajo tal cobertura contractual. El argumento esencial de su escrito de recurso, plagado de referencias genéricas (que no descienden al concreto supuesto enjuiciado) sobre la motivación, las presunciones o el derecho a la tutela judicial efectiva, viene a reducirse a que no tienen posibilidad las demandadas(en cuanto transitaria y aseguradora de esta última) de oponer la falta…
Ver la entrada original 387 palabras más