El objetivo del Convenio de La Haya de 1980 es restituir a los menores sustraídos a sus países de origen lo antes posible, pero no aborda el problema subyacente de la disputa entre los padres acerca de la responsabilidad parental de los menores (AAP San Sebastián 14 junio 2019)

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El Auto de la Audiencia Provincial de San Sebastián, Sección Segunda, de 14 de junio de 2019 confirma que no ha lugar a una demanda en solicitud de restitución de dos menores, incluyendo, entre otras consideraciones, las siguientes: «En el supuesto de autos no resulta de aplicación el Reglamento Bruselas II Bis regulador de la responsabilidad parental, incluida la sustracción internacional de menores (Reglamento 2201/2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento 1347/2000 DO [2003] L 338/1, ) toda vez que Nicaragua , lugar de residencia habitual de las menores no es estado miembro de la Unión Europea. Este Reglamento debe aplicarse en conjunto con el Convenio de La Haya sobre sustracción de menores (Convenio de 25 de octubre de 1980, sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores)…

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Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

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