Ley aplicable al régimen económico del matrimonio litigioso, a falta de ley personal común de los cónyuges y de residencia habitual común (SAP Barcelona 7 mayo 2019)

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimosegunda, de 7 de mayo de 2019 declara que: «en el presente supuesto a nuestro juicio no concurre ya el primero de los presupuestos enunciados: sujeción del matrimonio en contienda al régimen de separación de bienes propio del Derecho Civil de Cataluña. Para conocer qué normativa regía el régimen económico del matrimonio litigioso, al ser un efecto inherente al mismo, debemos acudir a la norma de conflicto prevista en el art. 9.2 ºCc. En particular, a falta de ley personal común de los cónyuges (ella era cubana y él italiano) y de ley personal o de residencia de alguno de ellos elegida por ambos en documento auténtico, a la ley de la residencia habitual común inmediatamente posterior a la celebración, ello es la guatemalteca (documentos 2 y 4 de la demanda). En consecuencia, a falta de prueba por parte de la…

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Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

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