Determinación del lugar donde se ha producido o pueda producirse el hecho dañoso a los efectos de determinar la competencia judicial internacional (SAP Zaragoza 17 abril 2019)

Avatar de AdministradorBlog José Carlos Fernández Rozas

oryg429464

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección Quinta, de 17 de abril de 2019 declara la competencia de los tribunales españoles en un supuesto de responsabilidad civil extracontractual. en aplicación del Reglamento (UE) nº 1215/2012 (Bruselas I bis). La Audiencia razona del siguiente modo: «formula la demandada (…) una cuestión planteada oportunamente mediante la declinatoria de jurisdicción internacional y que el juez a quo desestimó. A su juicio y en contra de lo argumentado por el juez a quo, el perjuicio en esta operación se produjo en Polonia y, por ello, eran los tribunales de la República de Polonia los competentes para conocer de la causa. Con fundamento en diversas sentencias del TJUE rechaza la demandada que la competencia pueda venir dada por tener el actor su residencia o el centro de intereses en España, así como la teoría de la ubicuidad y mantiene que el perjuicio…

Ver la entrada original 590 palabras más

Esta entrada fue publicada en Uncategorized el por .
Avatar de Desconocido

Acerca de Administrador

Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

Deja un comentario