El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección Cuarta, de 13 de diciembre de 2018 desestima un recurso de suplicación contra un Auto del Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid, seguidos a instancia de D. Anton frente a Embajada de Turquía en reclamación por resolución contrato, que declaró la falta de competencia de los Juzgados y Tribunales españoles para el conocimiento de la demanda. De acuerdo con el TSJ, «cabe indicar que cuando se presentó el escrito de demanda ante la Oficina de Registro y Reparto Social, en septiembre de 2017, ya no se encontraba vigente el Reglamento 44/2001 de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, el cual había sido derogado, con efectos de 10 de enero de 2015 por el Reglamento 1215/2012 de 12…
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