El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Tarragona, Sección Primera, de 21 de enero de 2019, estima un recurso de apelación contra un auto del juzgado y procede a decretar el execuátur de una sentencia marroquí para hacer efectivas las cantidades debidas por impago de pensiones de alimentos. Considera la Audiencia que «(l)as alegaciones del recurso de apelación son atendibles: Respecto a los títulos ejecutivos extranjeros, el art. 523 LEC regula la fuerza ejecutiva en España de las sentencias firmes y demás títulos ejecutivos extranjeros, remitiendo su ejecución a lo dispuesto en los tratados internacionales y disposiciones legales sobre cooperación jurídica internacional. La normativa básica es la Ley de Cooperación Jurídica internacional (Ley 29/2015, de 30 de julio) que regula en sus arts. 52 ss «El Procedimiento Judicial de Exequatur» para homologar las resoluciones judiciales extranjeras. En su artículo 2 letra a ) remite a los tratados internacionales en…
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