El art. 7 del Reglamento Bruselas I permite presentar la demanda ante los tribunales del lugar en que ocurrieron determinados hechos, aunque el demandado no esté domiciliado en dicho Estado miembro (AJM Madrid 12 septiembre 2018).

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El Auto del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid de 12 de septiembre de 2018, desestima una declinatoria por falta de jurisdicción y de competencia objetiva de este Juzgado para el conocimiento de la una demanda basada  en una acción de resarcimiento de los daños y perjuicios causados por una infracción del Derecho de la Competencia, declarada en resolución de la Comisión Europea de 19 de julio de 2016. De acuerdo con el Juzgado: «(l)a demandada aduce que, conforme al art. 7.2º del Reglamento UE 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, la competencia para conocer del pleito corresponde al órgano jurisdiccional del lugar donde se haya producido o pueda producirse el hecho dañoso, siendo éste, de acuerdo con la doctrina del TJUE…

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Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

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