La determinación de actuaciones de transporte multimodal se infiere de que las operaciones objeto de litigio, que implicaban el transporte de mercancía con destino a su exposición en ferias que se celebraban en Nueva York, y su posterior retorno a España (SAP Madrid 23 noviembre 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

container-multimodal

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigesimoctava, de 23 de noviembre de 2018, resuelve un supuesto de transporte internacional de mercaderías con un extenso razonamiento del que cabe extraer algunas consideraciones legales: «este tribunal considera que el régimen jurídico por el que debe enjuiciarse este asunto es el derivado del Convenio de Montreal para la unificación de ciertas reglas relativas el transporte aéreo internacional, de 28 de mayo de 1999 (que entró en vigor en España el 28 de junio de 2004), ya que los hechos motivadores de la exigencia de responsabilidad están comprendidos en esa normativa. Lo que ocurre es que la remisión a ella como la propicia para dirimir la contienda es fruto de una tarea jurídica compleja. La relación jurídica merece ser calificada, como lo hace la resolución apelada, dentro de un concepto más amplio, cual es la del transporte multimodal internacional. Porque…

Ver la entrada original 603 palabras más

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s