De una sustracción ilícita no puede derivarse un cambio competencial favorable al progenitor sustractor (SAP Barcelona 28 noviembre 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava, de 28 de noviembre de 2018 confirma la sentencia del juzgado de primera instancia que decretó la disolución del matrimonio por divorcio entre D. Rodolfo y Dª Nuria , con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y se atribuyó la guarda y custodia de los dos hijos menores de edad Valeriano y Victorino a D. Rodolfo , manteniendo ambos progenitores tanto la titularidad como el ejercicio de la potestad parental respecto los menores. Frente a las alegaciones de Dª Nuria sobre la falta de competencia judicial internacional de los tribunales españoles para resolver el litigio, la Audiencia hace suyos los argumentos contrarios del Juzgado En concreto que éste era, «competente en aplicación de los arts. 1, 10, 12 y 61 del Reglamento CE nº 2201/2003 del Consejo de 27 de noviembre de 2003 ( Bruselas II bis) aplicable a…

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