Ni el Reglamento UE nº 1215/12 ni el nº 650/12 son temporalmente aplicables al presente caso dada la fecha de fallecimiento de los testador (SAP Barcelona 29 noviembre 2018)

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Primera, de 29 de noviembre de 2018desestima el recurso de apelación contra una sentencia del Juzgado que trae a causa  un procedimiento de jurisdicción voluntaria para que se fijase  un plazo de 30 días para que el hijo de la solicitante presentase ante un notario de Italia el testamento ológrafo que su difunto marido muerto en Barcelona, ​​donde residía desde hacía muchos años, sin haber perdido su nacionalidad italiana por lo que, en su opinión,  son las leyes italianas las que deben regir la su sucesión.  Para la Audiencia «la demandant sosté que la successió del seu marit es regeix per la llei italiana en ser de nacionalitat italiana. La competència territorial dels tribunals espanyols derivaria de l’ art. 22 quarter LOPJ que, en matèria de successions atribueix competència als tribunals espanyols, entre altres supòsits, quan el causant hagi tingut la seva residència…

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Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).

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