El centro de operaciones en el aeropuerto de Tenerife constituye una sede de intereses efectivos en nuestro país para determinar la competencia judicial internacional en el orden social (SJSoc Santa Cruz de Tenerife 7 septiembre 2918)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Juzgado  de lo Social, nº 6, de Santa Cruz de Tenerife de 7 de septiembre de 2018 estima parcialmente la demanda presentada por D. Florentino , frente a las empresas Ryanair, DAC, y la empresa Brookfield Aviation International, declarando que la relación que unía a D. Florentino y la empresa Ryanair, DAC era de naturaleza laboral. En orden a la cuestión de competencia judicial internacional la presente decisión afirma que: «comenzando por la excepción de falta de competencia de la jurisdicción española alegada por la empresa Ryanair, debemos señalar que a tenor del art. 1.7º del Reglamento CE 8/2008 de la Comisión , por el que se modifica el Reglamento CEE nº 3922/91, relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por avión, se denomina ‘Base’ al Jugar asignado por el operador a cada tripulante, en el cual habitualmente este comienza…

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