Aplicación de la legislación española a un accidente derivado de un transporte multimodal acaecido en México (SJM Gijón 24 abril 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

Servicio-intermodal-crossborder-Mexico-EUA-Canada

La Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Oviedo (con sede en Gijón) de 24 de abril de 2018, estima una demanda  contra la mercantil C.S.P., S.A. y la también aseguradora M.E.C.S.R., S.A. por incumplimiento contractual con respaldo con la Ley 15/09 de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, que permite la pérdida del derecho a limitar atendiendo a la causa que provocó el siniestro en el presente caso, así como la doctrina que entiende que la limitación se constituye como privilegio que sólo afectaría al porteador efectivo y nunca al organizador del transporte multimodal. Para la Magistrada «la regulación de esta clase de transporte presenta ciertos problemas por cuanto, pese a la existencia de un Convenio Internacional sobre el particular (el Convenio de las Naciones Unidas sobre transporte multimodal internacional de mercancías, Convenio TMI, adoptado el 24 de mayo de 1980 por la Conferencia de Ginebra)…

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