La competencia para conocer de un procedimiento sobre guarda y custodia corresponde a los juzgados de Marruecos por estar allí la residencia habitual de las menores

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava, de 31 de enero de 2018 confirma la sentencia del Juzgado declarando, con respaldo en el Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños, que: «la competencia para conocer de este procedimiento sobre guarda y custodia corresponde a los juzgados de Marruecos por estar allí la residencia habitual de las menores, con lo cual debemos desestimar el recurso que se examina».

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